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Multas
Atraso en la devolución de los materiales: Quien se atrase en la fecha de devolución de los materiales bibliográficos o electrónicos, se hace acreedor a una multa por cada material no devuelto en la fecha indicada. Pago de multas: Solo la Tesorería de la Institución está facultada para recibir dinero por dicho concepto. Actualmente no se recibe dinero en efectivo, solo se reciben tarjetas de débito o crédito (exceptuando Diners). Valor de la multa: El Consejo Directivo, mediante Acuerdo establece el valor de las multas por día para el respectivo año. Para el año 2023 la multa por mora es de $ 4300 por día y por libro. Acuerdos de pago: si el usuario necesita hacer un acuerdo de pago, debe enviar una carta al Vicerrector Administrativo y Financiero quien estudiará y decidirá sobre el caso. Bloqueos: Los estudiantes que no cancelen las multas serán bloqueados en el Sistema Académico Integral, hasta que no se encuentren a paz y salvo o con acuerdo de pago vigente con la Institución. Novación (art. 1687 C.C.): Para toda multa mayor a diez (10) SMDLV, se solicitará al usuario la compra de textos sugeridos por la jefatura de Biblioteca y de acuerdo a la demanda o solicitudes pendientes de adquisición de material. En los casos en que el valor del libro supere dicho valor, el usuario deberá cancelar el total concerniente al valor comercial del libro. |